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    Jefe del Ministerio Público “solapo” manipulación de expedientes en perjuicio de una niña

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    Por: La Redacción.

    El coordinador de agentes del Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en Delitos contra el Servicio Público, Héctor Alonso Hernández Uribe, fue acusado de solapar la manipulación de informes judiciales atribuible a dos supervisoras del Centro de Convivencias del Tribunal Superior de Justicia.

    De acuerdo con la queja Q/2021/ OIC/FGE/DE31 presentada ante la Secretaría de la Función Pública, el funcionario se ha negado a resolver el ejercicio o no de la acción penal de una denuncia que data desde 2019, por usurpación de funciones, ejercicio ilegal del servicio público, uso ilegal de atribuciones y otros delitos de corrupción registrados en el Poder Judicial del Estado.

    Lo anterior en perjuicio del desarrollo emocional, psicológico, además de violar los derechos humanos de la infancia de una pequeña que a la fecha tiene ocho años, denunció la abogada Marisela Valdez Lopez.

    Pero este no es solo un caso, sino que existen otras denuncias como la interpuesta el pasado 7 de noviembre de 2019 ante la Secretaría de la Función Pública (SFP) y que hasta la fecha se encuentra sin resolver y que involucra los derechos humanos y bienestar emocional de una niña de ahora ocho años, denunció Arturo Rico Pérez, padre de la menor.

    Bajo ese contexto, Arturo Rico aseveró que esta falta de acceso a la justicia ha permanecido “congelada” por más de dos años y que corre el riesgo poder preescribir sin no se hace algo.

    El hecho que originó la queja contra el coordinador de ministerios públicos data de noviembre de 2019, cuando dos supuestas supervisoras del Centro de Convivencia Familiar Supervisada, del Tribunal Superior de Justicia del Estado, rindieron informes manipulados a un juez.

    “Supuestas supervisoras porque al momento de sus actuaciones no tenían nombramiento como tales, y cuando llegaron sus nombramientos eran para otra labor distinta a la que ejercieron”, explicó la abogada Marisela Valdez López.

    La abogada explicó que los informes emitidos por estas dos funcionarias “fueron manipulados y aún asi el juez les otorgó valor probatorio, al ser emitidos por un órgano auxiliar del propio Poder Judicial, lo que ocasionó una clara desventaja para quienes buscaban por medio de la justicia estatal garantizar la estabilidad de la niña”, refirió la abogada.

    Los informes que emite el Centro de Convivencia, inclusive sus observaciones y recomendaciones, resultan incuestionables para los jueces de lo Familiar, sin embargo, el padre de la niña presentó grabaciones de audio en los que su hija, de entonces seis años, se niega a las convicencias familiares y pesé a ello, los informes mostraron lo contrario; es decir fueron manipulados en diferentes modalidades con el objetivo de hacer ver que el padre de la niña la manipulo para que ella se negara a ver a sus parientes.

    Fue por ese motivo, que Arturo Rico Pérez denunció a través de su abogada “la manipulación de los informes por un lado y por otro denunció a las funcionarias del Poder Judicial ya que estas actuaron como supervisoras del Centro de Convivencia sin tener nombramiento alguno”.

    La denuncia contra dichas funcionarias fue por ejercicio ilegal del servicio público, uso ilegal de atribuciones, usurpación de funciones y otros delitos de corrupción que se contemplan en el Código Penal del Estado. 

    Al menos cuatro actuaciones de Muñoz Moreno y Holguín Pérez están documentadas en el expediente iniciado por un juicio en materia familiar, que afectan a la niña de ahora ocho años de edad, quien en noviembre de 2019 casi fue forzada por las funcionarias a tener unas convivencias que ella rechazaba.

    Una data del 14 de marzo de 2019. Se trata del informe que rinde Muñoz Moreno al juez, estableciendo que el padre de la niña se mostró reacio a que su hija conviviera con un familiar materno que esperaba en el Centro de Convivencia. Dicho informe reporta que la convivencia no se dio y hace señalamientos al padre de la menor, que no corresponden a la grabación de la diligencia que el mismo afectado hizo con su teléfono.

    Esa actuación de la funcionaria del TSJE está firmada por ella misma, ostentándose como “Supervisora del Centro de Convivencia Familiar Supervisada” esto a través de un documento fechado los días 4 y 11 de abril de 2019, el cual se encuentra firmado por Yazmín Holguín Pérez, también ostentándose como “Supervisora del Centro de Convivencia Familiar Supervisada”. En este caso se asienta que no se dio la convivencia porque el señor Rico y su pequeña hija no se presentaron a la cita. Y una actuación más corresponde al día 25 de abril de 2019, también firmada por Holguín Pérez, con el mismo carácter de supervisora. 

    Sin embargo, dichas funcionarias no tenían nombramiento de supervisoras de la instancia auxiliar del Tribunal Superior de Justicia, pues la designación oficial que recibieron fue hasta el día 1 de mayo de 2019, mucho después de haber actuado y ejercido como tales.

    Pero además, uno de los nombramientos fue como trabajadora social del Departamento de Estudios Socioeconómicos, no como supervisora, cargo para el cual se requiere otro perfil profesional.

    “Esas actuaciones causaron un gran perjuicio a la víctima que presentó la denuncia, pues trataron de presentar al afectado como un padre que trata de impedir la convivencia familiar, cuando lo único que él hacía era velar por la integridad de su hija”, consideró Valdez López.

    Presentada la denuncia contra las funcionarias judiciales, en la misma Fiscalía de Delitos contra el Servicio Público el asunto se estancó, hasta que por una queja en el Órgano Interno de Control el expediente debió reasignarse.

    El año pasado el expediente se le retiró por inactividad a la agente del Ministerio Público Brenda Chacón y se turnó a otra agente, Tatiana Núñez, quien integró los elementos necesarios para que su superior jerárquico, Héctor Alonso Hernández Uribe, determine si ejerce la acción penal o decreta el no ejercicio.

    “No nos ha resuelto hasta la fecha, dos años después de presentada la denuncia. Cuando fui a verlo personalmente en septiembre, me dijo que resolvería en siete días y que no tenía por qué llevarle más tiempo… hasta la fecha no han pasado esos siete días”, criticó la licenciada Valdez López.

    Dijo que, incluso, Hernández Uribe trató de disuadirla para que el asunto se llevara únicamente en la vía familiar y se descartara la vía penal, lo cual consideró inadecuado de parte del funcionario.

    Para la abogada, es extraño que el funcionario se niegue a proceder cuando se han presentado todos los elementos para la denuncia, pese a lo cual ha actuado de forma negligente, como si se tratara de llegar a la prescripción del delito, en perjuicio de la víctima y a favor de quienes violentaron la ley e impidieron la justicia para una menor de edad.

    Para el denunciante, lo que ha ocurrido en toda esta trama ha estado lejos de proteger el interés superior del menor, que es a lo que debería orientarse la justicia.

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