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    Proponen derechos de mujeres que sufran muerte neonatal o aborto espontáneo de sus bebés

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    Con el fin de dotar de respaldo a las mujeres mexicanas y chihuahuenses que hayan sufrido de muerte neonatal y aborto espontáneo, la diputada de Acción Nacional, Rocío González Alonso, presentó una iniciativa para reformar las leyes federales de Salud y del Trabajo.

    Desde la tribuna legislativa de la Cámara de Diputados, en lo que refiere a la Ley Federal del Trabajo, González Alonso propuso modificar el Artículo 170 que habla sobre las prórrogas que deben recibir las trabajadoras ante la imposibilidad de trabajar por causa de embarazo o parto, derecho al cual incluirán a las mujeres que hayan sufrido muerte fetal o perinatal de sus hijas o hijos, o abortos espontáneos.

    La fracción segunda de dicho artículo quedaría de la siguiente manera:

    II. Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto, aun en caso de muerte fetal o perinatal. A solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico de la institución de seguridad social que le corresponda o, en su caso, del servicio de salud que otorgue el patrón, tomando en cuenta la opinión del patrón y la naturaleza del trabajo que desempeñe, se podrá transferir hasta semanas de descanso previas al parto para después del mismo. En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente.

    En lo que refiere a la Ley General de Salud, la iniciativa propone adecuar varios ordenamientos y disposiciones legales con el fin de reforzar el derecho a una atención integral, oportuna y digna durante el embarazo, capacitación a parteras tradicionales y énfasis en acciones de revisión oportuna del embarazo, parto y puerperio para evitar la mortalidad materna infantil.

    La Organización Mundial de la salud define la mortalidad neonatal como la muerte entre el nacimiento y los 28 días de vida. La diferencia entre muerte fetal y aborto espontaneo, se encuentra dentro de las primeras 20 semanas de gestación, diferenciándose de la muerte fetal que es la pérdida de un bebé justo en las 20 semanas o en las semanas posteriores.

    En México durante 2021, se registraron 23 mil defunciones fetales, que representa una tasa de 1.44 habitantes por cada 10 mil según datos de UNICEF, y en las últimas dos décadas a nivel mundial se registran 48 millones de niños y niñas no natos muertos.

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